
Medellín, 24 de agosto de 2009. El Centro para el Desarrollo del Hábitat y la Construcción del Sena, Regional Antioquia certificará mañana, 25 de agosto, el primer grupo de 30 entrenadores en Trabajo Seguro en Alturas en el Departamento de Antioquia.
Esta certificación por competencias laborales, fue dirigida a los profesionales que actualmente tienen licencia en Salud Ocupacional de las empresas: Coninsa Ramòn H., Ingelel, Dapard, T.C.C., Cruz Roja, Conconcreto, Eusse Training, ACR (Asesores en Control de Riesgos Ltda) y Giroma (Gestión Integral en Riesgos Ocupacionales y Medio Ambiente); con el propósito de certificarlos como entrenadores del personal que se encuentra expuesto a riesgos de caídas en las empresas donde laboran. El Centro validará la competencia adquirida por los trabajadores, quienes recibieron la capacitación de los entrenadores certificados por el SENA.
Juan Carlos Misas, es el Instructor de Trabajo en Alturas manifiesta: “Queremos desarrollar la competencia del trabajo seguro en alturas en las empresas, para que los entrenadores estén aptos para capacitar en sus empresas”.
Igualmente, los profesionales certificados manifiestan su satisfacción por el método de formación utilizado por el SENA: “Muchas técnicas nuevas las que se adquieren, para poder enseñarle al otro lo que uno sabe”, dice Ana Rosa Salazar, Jefe de Seguridad y Salud Ocupacional de Conconcreto.
De esta forma, El Centro para el Desarrollo del Hábitat y la Construcción está atento a atender al empresariado antioqueño para certificar sus profesionales y coadyuvar al cumplimiento requerido por el Ministerio de Protección Social.
CERTIFICACIÒN EXIGIDA PARA TODAS LAS EMPRESAS
La tarea de trabajo en alturas está considerada como de alto riesgo y conforme a las estadísticas nacionales, es la primera causa de accidentalidad y de muerte en el trabajo. Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.
Esta certificación por competencias laborales, se hace en el marco de la Resolución No. 1938 de 2009, expedida por la Dirección General del SENA sobre trabajo seguro en alturas. Y de la Resolución 3673 / septiembre 26 de 2008, del Ministerio de Protección Social.
Los empleadores están obligados a:
1. Incluir en el programa de Salud Ocupacional los procedimientos, elementos y disposiciones establecidas en la presente resolución.
2. Implementar el Programa de Protección contra Caídas.
3. Cubrir todas las condiciones de riesgo existentes mediante medidas de control contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas.
4. Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad.
5. Garantizar que la estructura de anclaje utilizada tenga como mínimo una resistencia de 5000 libras
Todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.
Esta certificación por competencias laborales, fue dirigida a los profesionales que actualmente tienen licencia en Salud Ocupacional de las empresas: Coninsa Ramòn H., Ingelel, Dapard, T.C.C., Cruz Roja, Conconcreto, Eusse Training, ACR (Asesores en Control de Riesgos Ltda) y Giroma (Gestión Integral en Riesgos Ocupacionales y Medio Ambiente); con el propósito de certificarlos como entrenadores del personal que se encuentra expuesto a riesgos de caídas en las empresas donde laboran. El Centro validará la competencia adquirida por los trabajadores, quienes recibieron la capacitación de los entrenadores certificados por el SENA.
Juan Carlos Misas, es el Instructor de Trabajo en Alturas manifiesta: “Queremos desarrollar la competencia del trabajo seguro en alturas en las empresas, para que los entrenadores estén aptos para capacitar en sus empresas”.
Igualmente, los profesionales certificados manifiestan su satisfacción por el método de formación utilizado por el SENA: “Muchas técnicas nuevas las que se adquieren, para poder enseñarle al otro lo que uno sabe”, dice Ana Rosa Salazar, Jefe de Seguridad y Salud Ocupacional de Conconcreto.
De esta forma, El Centro para el Desarrollo del Hábitat y la Construcción está atento a atender al empresariado antioqueño para certificar sus profesionales y coadyuvar al cumplimiento requerido por el Ministerio de Protección Social.
CERTIFICACIÒN EXIGIDA PARA TODAS LAS EMPRESAS
La tarea de trabajo en alturas está considerada como de alto riesgo y conforme a las estadísticas nacionales, es la primera causa de accidentalidad y de muerte en el trabajo. Se entenderá por trabajo en alturas, toda labor o desplazamiento que se realice a 1,50 metros o más sobre un nivel inferior.
Esta certificación por competencias laborales, se hace en el marco de la Resolución No. 1938 de 2009, expedida por la Dirección General del SENA sobre trabajo seguro en alturas. Y de la Resolución 3673 / septiembre 26 de 2008, del Ministerio de Protección Social.
Los empleadores están obligados a:
1. Incluir en el programa de Salud Ocupacional los procedimientos, elementos y disposiciones establecidas en la presente resolución.
2. Implementar el Programa de Protección contra Caídas.
3. Cubrir todas las condiciones de riesgo existentes mediante medidas de control contra caídas de personas y objetos, las cuales deben ser dirigidas a su prevención en forma colectiva, antes de implementar medidas individuales de protección contra caídas.
4. Adoptar medidas compensatorias y eficaces de seguridad.
5. Garantizar que la estructura de anclaje utilizada tenga como mínimo una resistencia de 5000 libras
Todos los empleadores, empresas, contratistas, subcontratistas y trabajadores de todas las actividades económicas de los sectores formales e informales de la economía, que desarrollen trabajos en alturas con peligro de caídas.
